2015 proyecto 5 logo.pngFORMA JURÍDICA

Es fundamental escoger correctamente la forma jurídica de la empresa, para ello es indispensable analizar y tener en cuenta ciertas cuestiones:

  • Participantes: la cantidad de personas, participantes o socios involucradas y que intervendrán en el proyecto, y la relación que los une.
  • Actividad: qué tipo de actividad tendrá la sociedad, la complejidad del emprendimiento, si tendrá un fin lucrativo o no, la dimensión del negocio, si es un emprendimiento de pocas personas, si ya está operando en el mercado, si se trata de una PYME o gran empresa con numerosos socios.
  • Financiación: Si el proyecto requiere o requerirá de financiación propia o externa.
  • Objetivos de los socios: manejar el proyecto personalmente en forma integral, participar como socio, administrador o inversor.

Tipos de formas jurídicas de una empresa:

Para poder elegir la forma jurídica de nuestra empresa, estudiamos las diferentes opciones que hay y las recogimos en la siguiente tabla:

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Después, realizamos diferentes tablas para clasificarlas según sus características, poder ver las ventajas y desventajas de cada una y determinar cual era la más conveniente. Las clasificamos según su:

  • Número de socios

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  • Capital mínimo
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  • Responsabilidad frente a terceros
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  • Fiscalidad directa
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  • Personalidad jurídica
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Como ya hemos dicho, tras observar las características de cada una de las diferentes formas jurídicas, reunimos las ventajas y desventajas de las mismas en dos tablas, de manera que así podríamos ver mejor sus diferencias.
  • Ventajas
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  • Inconvenientes
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Finalmente decidimos que nuestra empresa fuera una Sociedad Limitada, ya que así los socios podríamos ser a la vez las personas jurídicas, a diferencia de la S.L.N.E; la responsabilidad sería limitada, de manera que en caso de quiebra solo perderíamos lo invertido; nuestra empresa no se dedicará ni a los bancos ni aseguradoras y además no tiene una forma tan compleja como la sociedad anónima ni un capital mínimo tan alto.
El único inconveniente que encontramos es la tardanza de de los trámites de constitución y puesta en marcha, que tardan unos 50-60 días, pero como tampoco teníamos prisa no nos supuso un gran problema.